DIAN realiza precisiones sobre la obligación de facturar en el contrato de mandato aduanero
La factura electrónica de venta al mandante deberá discriminar la comisión a favor de la agencia de aduanas.
La DIAN reconsideró la doctrina establecida en el Concepto Unificado No. 106 del 2022 sobre obligación de facturar y sistema facturación electrónica. De manera particular, se aclaró la facturación que deben realizar las agencias de aduana por las operaciones que realizan en cumplimiento del contrato de mandato (DIAN, Concepto 739, mayo 31/2023).
En primer lugar, se identificó que el mandato aduanero es “el contrato en virtud del cual el importador o exportador faculta a una agencia de aduanas para que, en su nombre y representación, lleve a cabo los trámites aduaneros necesarios para el cumplimiento de un régimen aduanero o modalidad o actividades conexas con los mismos.” (Decreto 1165/2019, art. 3).
En cuanto a la obligación de facturar en el contrato de mandato, se recordó que las facturas de venta deben ser expedidas por el mandatario y cuando este adquiere bienes o servicios en virtud del contrato, se deben expedir a nombre del mandatario. Como respaldo de los costos y deducciones incurridos, el mandatario expedirá la certificación correspondiente al mandante.
En consecuencia, las agencias de aduanas, como mandatarias de importadores o exportadores, deberán: (i) expedir factura de venta con el cumplimiento de los requisitos legales por los servicios prestados incluyendo el valor discriminado de los respectivos honorarios; (ii) Expedir certificación suscrita por contador público o revisor fiscal en la cual se expresen los costos y deducciones o impuestos descontables a favor del mandante.
Por lo tanto, resulta fundamental el análisis de la documentación del contrato de mandato para determinar qué conceptos deberán ser materia de facturación y cuáles serán objeto de la certificación, según los términos legalmente establecidos.
Modificación del sub-numeral 1.1.17.3.5 del Concepto Unificado No. 106 del 19 de agosto de 2022 – Obligación de facturar y sistema de factura electrónica. DIAN, 31 mayo 2023. Más información aquí
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