¿Abuso en el derecho a voto?
Conozca qué derechos puede ejercer un accionista de una sociedad por acciones simplificadas.

Superintendencia de Sociedades, Oficio 220 070973 del 24 de marzo de 2022.

La Superintendencia de Sociedades, mediante Oficio 220 070973 del 24 de marzo de 2022, recordó que, en los eventos en los cuales un accionista evidencie el abuso del derecho de otro accionista, podrá ejercer acciones judiciales en contra de este en virtud de lo establecido en el art. 43 de la Ley 1258 de 2008, la cual señala como abuso del derecho a aquellos votos ejercidos en detrimento de la compañía o de otros accionistas, y que resulte en un beneficio injustificado para sí o para un tercero.

Lo anterior atendiendo a la consulta presentada por un accionista minoritario, el cual no pudo obtener beneficio de las utilidades de la sociedad, ya que el accionista mayoritario resolvió no aprobar la distribución de utilidades.

Al respecto, también resaltó que la obtención de utilidades es un elemento esencial de las sociedades comerciales, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del código de comercio, y en consecuencia el privar injustificadamente a los accionistas del disfrute de las utilidades puede ser considerado como un abuso del derecho.

Como conclusión, el accionista perjudicado por el abuso del derecho de otro accionista podrá acudirá a la Superintendencia de sociedades, quien es competente para resolver sobre las acciones de nulidad absoluta de la determinación adoptada en abuso del derecho por ilicitud del objeto y la consecuente indemnización por perjuicios.

Anexo: Oficio 220 070973  del 24 de marzo de 2022, Superintendencia de Sociedades. Marzo de 2022. Disponible en: https://bit.ly/3l949BM

¿Dudas en temas de auditoría? Asesórese con nuestros expertos.

Contáctenos aquí