DIAN se pronunció sobre el IVA en los servicios prestados desde el exterior y los intangibles adquiridos o licenciados desde el exterior

La DIAN a través del OFICIO No. 100208192-089 radicado 900600 del 27 de enero de 2022, se pronunció sobre el impuesto a las ventas, en este caso, le consultaron si se encuentran gravados con IVA los servicios prestados desde el exterior y los intangibles adquiridos o licenciados desde el exterior, cuando el usuario directo o destinatario de los mismos tiene su residencia fiscal, domicilio, establecimiento permanente o sede de actividad económica en Colombia.

Para responder a este interrogante, la DIAN señaló que el hecho generador del IVA, tratándose de servicios prestados desde el exterior se configura cuando las actividades para su cumplimiento tienen lugar fuera del territorio nacional y aplicación dentro del país”, y señaló, que es diferente cuando el servicio se presta fuera del país y el adquirente lo consume fuera de Colombia.

Por lo tanto, el criterio para determinar si el servicio prestado desde el exterior es gravado con IVA en Colombia, es que éste se consuma en el territorio nacional.

La entidad concluye que “el criterio que orienta el literal c) del artículo 420 del Estatuto Tributario y su parágrafo 3° es el principio de destino en la prestación de servicios desde el exterior, lo cual supone que los mismos se encuentran sujetos a imposición cuando el destinatario y/o usuario del servicio esté localizado en el territorio nacional. Este principio exige considerar no solo la residencia o domicilio del destinatario de los servicios, sino que los mismos se reciban efectivamente en ese destino, lo que implica que el servicio se consuma en el destino del usuario.”

Por otra parte, aquellos intangibles adquiridos o licenciados desde el exterior cuyo usuario directo o destinatario tenga su residencia fiscal, domicilio, establecimiento permanente, o la sede de su actividad económica en Colombia, se encuentran gravados en Colombia, sin que haya otra condición que se deba verificar.

Se anexa concepto 900600-089 del 2022. Disponible en: https://bit.ly/36as1Rq

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