El Consejo de Estado manifestó que todas las expensas generadas en desarrollo de la actividad productora de renta tienen relación de causalidad

El 12 de agosto de 2021, la sección cuarta del Consejo de Estado con ponencia del consejero Julio Roberto Piza Rodríguez, profirió la sentencia con radicado No. 25152, en la cual concluyó lo siguiente:

Que de acuerdo con la Sentencia de Unificación 21329 de 2020 CP. Julio Roberto Piza., se fijaron unas reglas sobre la deducibilidad de expensas, de las cuales dos de ellas se resumen así:

Regla 1: «tienen relación de causalidad con la actividad productora de renta, todas las expensas realizadas por el contribuyente en desarrollo o ejecución de la actividad productora de renta», sin que «la obtención de ingresos ni el enunciado del objeto social del sujeto pasivo» sean determinantes a efectos de determinar el nexo causal

Regla 2: cumplen el requisito de necesidad las expensas que «realiza razonablemente un contribuyente en una situación de mercado y que, real o potencialmente, permiten desarrollar, conservar o mejorar la actividad generadora de renta», circunstancia que puede valorarse a partir de «criterios relativos a la situación financiera del contribuyente, las condiciones del mercado donde se ejecuta la actividad lucrativa, el modelo de gestión de negocios propio del contribuyente, entre otros»

Además señaló que los contribuyentes tienen la carga probatoria y argumentativa acerca de las circunstancias fácticas y de mercado, que demuestren que la expensa guarda relación causal con su actividad productora de renta, que es necesaria y proporcional, con un criterio comercial en consideración a lo acostumbrado en la actividad específica.

Finalmente concluye, que “la generación de ingresos no es determinante para estudiar el nexo causal entre el gasto y la actividad lucrativa, porque cumplen el requisito de causalidad «todas las expensas realizadas por el contribuyente en desarrollo o ejecución de la actividad productora de renta»”

Fuente: Sentencia nº 25000-23-26-000-2004-00925-01 de Consejo de Estado.

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