Conozca el régimen legal aplicable a las SUBASTAS POR INTERNET

En el marco del reciente concepto emitido por la Superintendencia de Industria y Comercio, el aumento vertiginoso de las ventas de productos por internet y en términos generales del auge del comercio electrónico en esta ocasión nos permitimos aclarar los siguientes aspectos:

  • En el capítulo VI del estatuto del consumidor vigente se prevé la protección al consumidor electrónico, en ese sentido, los proveedores deberán:
    1. Informar de manera suficiente y clara su identidad.
    2. Comunicar los aspectos característicos de los productos que ofrecen (tamaño, peso, medidas, material, naturaleza de origen, fabricación, forma de uso, etc.)
    3. Indicar el plazo de validez de la oferta y la disponibilidad del producto.
    4. Establecer los medios que disponen para realizar los pagos, el tiempo de entrega del bien o la prestación del servicio, el derecho de retracto que le asiste al consumidor, etc.
    5. Pese a la normatividad vigente, por ahora no contamos con regulación puntual que establezca los criterios para la protección de los derechos del consumidor frente a subastas por internet, por lo que a hoy en cualquier tipo de operaciones de comercio deberá prevalecer la observancia de los principios (calidad, idoneidad del producto, publicidad, etc.) y la efectividad de los derechos consagrados en el estatuto del consumidor (Ley 1480 de 2011).

Anexo: Superintendencia de Industria y Comercio. 2021. Concepto 21124941. 7 de Mayo de 2021. Disponible en: https://bit.ly/3eoPkbk

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