Importancia y alcances de las funciones de la REVISORÍA FISCAL frente al SAGRILAFT
De cara al proceso de implementación del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM, muchas empresas se encuentran en un proceso de acople, ajustando y/o diseñando documentación, vinculando personal especializado y revisando las obligaciones especiales que surgen para la administración y la revisoría fiscal, entre otros aspectos.
Frente a la revisoría fiscal, se han presentado inquietudes relacionadas con el rol que debe desempeñar este órgano y el alcance de su intervención para la prevención de actividades ilícitas que impliquen lavado de activos y financiación del terrorismo.
En primer lugar, sea preciso indicar que la Circular Externa No. 100-000004 fijó, en el marco de lo previsto en el artículo 207 del Código de Comercio, del artículo 32 de la Ley 1778 de 2016 y de otras normas concordantes, las siguientes obligaciones a cargo de la Revisoría Fiscal en esta materia:
- Reportar a la UIAF las Operaciones Sospechosas cuando las adviertan dentro del giro ordinario de sus labores. En este punto precisa la Circular que el revisor fiscal debe solicitar usuario y contraseña en el SIREL administrado por la UIAF, para el envío de los ROS.
- Denunciar ante las autoridades penales, disciplinarias y administrativas, la presunta realización de un delito contra el orden económico que detecte en el ejercicio de su cargo a pesar del secreto profesional.
- Prestar atención a los indicadores que pueden dar lugar a sospecha de un acto relacionado con un posible LA/FT/FPADM.
La Superintendencia de Sociedades ha indicado que la revisoría fiscal, cuando así lo considere pertinente, puede pronunciarse y/o de incluir oportunidad de mejora sobre la implementación del Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM en los informes que presente al máximo órgano social de la compañía para la cual ejerza funciones. No existe obligación alguna de presentar un informe independiente o de agregar un acápite en el informe que tenga como objetivo sentar una posición sobre el SAGRILAFT de la sociedad.
Anexo: Superintendencia de Sociedades. 2021. OFICIO 220-054928. SAGRILAFT – FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL REVISOR FISCAL. 7 de Mayo de 2021. Disponible en: https://bit.ly/3i5prjn
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